Recursos de extranjería
Cuando un extranjero llega a España, en ocasiones va a necesitar algún tipo de visado o permiso de residencia. Es posible que después de un tiempo tenga que renovarlos, o desee pedir la nacionalidad, o permisos como el arraigo social o la re-agrupación familiar. En estos casos, puede ocurrir que reciba una denegación para recibir estos documentos. ¿Qué ocurre entonces? Existen dos soluciones.
La primera de ellas es interponer un recurso de Reposición. Tenemos un mes desde que recibimos la notificación, es un trámite gratuito y rápido. En nuestro recurso figurarán nuestros datos, el número de expediente, las causas de la denegación y las alegaciones que estimamos, junto con medios de prueba para avalarlos. Lo presentaremos en el Consulado, en cualquier Registro General de la Administración del Estado o incluso por correo certificado con acuse de recibo. ¿Y de qué sirve? Pediremos al órgano que revise el caso y rectifique su resolución porque apreciamos indefensión.
La segunda solución, si de la primera no obtenemos el resultado que esperábamos, es interponer un recurso Contencioso. Con este recurso acudimos esta vez al Juez, para que estudie si la denegación era ajustada a derecho o no. Aquí tenemos dos meses para hacerlo desde la denegación del anterior recurso. Esta vía es más larga y costosa, por lo que los abogados recomiendan intentarlo primero por la vía del recurso de reposición.
Si necesita asesoramiento legal, nuestro equipo de abogados de Zaragoza son especialistas en derecho de extranjería, así que no dude en visitarnos sin compromiso, le ayudaremos.
La primera de ellas es interponer un recurso de Reposición. Tenemos un mes desde que recibimos la notificación, es un trámite gratuito y rápido. En nuestro recurso figurarán nuestros datos, el número de expediente, las causas de la denegación y las alegaciones que estimamos, junto con medios de prueba para avalarlos. Lo presentaremos en el Consulado, en cualquier Registro General de la Administración del Estado o incluso por correo certificado con acuse de recibo. ¿Y de qué sirve? Pediremos al órgano que revise el caso y rectifique su resolución porque apreciamos indefensión.
La segunda solución, si de la primera no obtenemos el resultado que esperábamos, es interponer un recurso Contencioso. Con este recurso acudimos esta vez al Juez, para que estudie si la denegación era ajustada a derecho o no. Aquí tenemos dos meses para hacerlo desde la denegación del anterior recurso. Esta vía es más larga y costosa, por lo que los abogados recomiendan intentarlo primero por la vía del recurso de reposición.
Si necesita asesoramiento legal, nuestro equipo de abogados de Zaragoza son especialistas en derecho de extranjería, así que no dude en visitarnos sin compromiso, le ayudaremos.