Autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo laboral

Para obtenerla se necesitan una serie de requisitos:
1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países.
2. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
3. No tener antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia.
4. Haber permanecido con carácter continuado (las ausencia no deben superar 90 días en los dos últimos años) en España durante un periodo mínimo de dos años.
5. Demostrar la existencia de relaciones laborales de seis meses o más.
6. No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
Para ello habrá que aportar una serie de documentos, que son el impreso de solicitud, una copia completa del pasaporte, documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, el certificado de antecedentes penales, y por último, documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales.